Lo que debes saber sobre "la gobernanza del ciberespacio" en la economía digital
Por: Marco Solís Tourné
Daniel Kapellmann, experto en temas de ciberseguridad y autor del artículo “La Gobernanza del Ciberespacio y la Incipiente participación de México”, lo describe como “un entorno virtual público a través del cual se transmite información y se generan tejidos tecnológico-sociales, principalmente facilitados por la adopción de una red de redes popularmente denominada internet”. Partiendo de este concepto, Kapellmann ha subrayado las dificultades que presenta dicha empresa, o sea la regulación del ciberespacio. Primero, por la multiplicidad de actores que requiere este intento, debido a que el ciberespacio no responde a la lógica de soberanía territorial con la cual se rige el Estado moderno, y por ende los esfuerzos deben consumarse en el plano multilateral. Segundo, porque surge un debate incansable en términos de manejo de la información, lo cual abre una caja de pandora hacia la inconmensurabilidad de argumentos como “neutralidad de la red” en donde Kapellmann estima que la información de los usuarios, independientemente de su origen o naturaleza, debe ser transmitido a los consumidores a través de la red con la misma prioridad. Tercero, por la resignificación epistemológica en términos de legalidad que requiere concebirnos como agentes digitales, y que refrenda Matthijs M. Maas de manera extraordinaria en su texto “International Law does not Compute: Artificial Intelligence and the Development, Displacement or Destruction of the Global Legal Order”.
Matthijs habla sobre la importancia de adaptar las normas legales a la era digital, con la finalidad de resignificar nuestra interacción con dicha tecnología y que cobren vigencia en dicha era. Aunque Matthijs ejemplifica su argumento con el avance de la inteligencia artificial, actualmente hay dos sucesos en el foco internacional que cobran relevancia cuando se plantea la posibilidad de lograr avances en materia de la regulación del ciberespacio. Ambas propuestas aparecen con mayor fortaleza en Estados Unidos y la Unión Europea, aunque también han conseguido atención en diversos foros internacionales.
El primero se abre camino a partir del reportaje difundido por Reuters a principios de este mes acerca de la comparecencia de los gigantes tecnológicos como Apple, Facebook, Google y Amazon encabezados por Tim Cook, Mark Zuckerberg, Sundar Pichai y Jeff Bezos el próximo 27 de julio frente a un panel de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, liderado por David Cicilline, presidente del subcomité antimonopólico de la Cámara Baja y Jerrold Nadler, presidente del panel judicial de la misma Cámara. Con esto, se busca culminar una investigación por parte del subcomité con respecto a “un número reducido de plataformas digitales, así como la adecuación de leyes antimonopólicas existentes y su aplicación.” Como se sabe, estas cuatro plataformas dominan el mercado digital, no solamente debido a sus marcas mayores, sino a la red de empresas que han adquirido a lo largo de los últimos años, por lo que se está investigando acerca de cómo operan estas plataformas y cuál es su impacto sobre dicho tema.
Cabe aclarar que las leyes antimonopólicas en Estados Unidos se dividen en tres legislaciones históricas: Sherman Act (1890), Federal Trade Commission Act (1914) y el Clayton Act. El primero alude a cualquier acto que perjudique al comercio, como el intento por monopolizar el mercado. El segundo habla sobre “métodos injustos de competencia” así como prácticas engañosas, en la que muchas veces se retoman casos que se ven en el Sherman Act. Por último, el Clayton Act engloba prácticas de las que no se hablan en el Sherman Act, como las fusiones de empresas, que pueden ser en detrimento de la competencia existente. Con base en estos fundamentos es que el subcomité buscará adentrar su investigación, y ejercer cambios si lo considera necesario.
Sin embargo, la Cámara Baja de Estados Unidos no es el único órgano inquiriendo en el tema, sino que de cierta manera ha sido retomado simultáneamente por la Comisión Europea, específicamente en contra de Apple, con la finalidad de determinar si sus prácticas en el App Store violan las reglas de competencia en la Unión Europea. En particular, las comisiones investigarán dos áreas: el uso mandatorio de sistema de compras in-app “IAP” para la distribución de contenido digital no gratuito, en el que se cobra un 30% de comisión a los desarrolladores de apps por este sistema y por las restricciones en la notificación a usuarios acerca de la posibilidad de acceder a un sistema de compras alternativa fuera del sistema Apple, sabiendo la empresa que es una posibilidad y que incluso puede ser más barato.
El segundo tema, aunque también coincide con el ámbito comercial, también puede tener un impacto significativo en el desarrollo de los países receptores. Este corresponde al del impuesto digital. ¿Qué es esto, dirán? Desde la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) se está planteando un impuesto digital que buscaría reorientar el dinero que pagarían estas empresas digitales multinacionales a los países donde dichas empresas tienen usuarios, como parte de lo que podría entenderse, según Bloomberg, como un impuesto corporativo para que estas empresas puedan operar en distintos países. Más específicamente, según el documento de consulta “Secretariat Proposal for a “Unified Approach under Pillar One” publicado en el 2019, la OCDE establece que, en una economía digital, la asignación de los derechos para poner impuestos no puede ser circunscritos mediante una referencia a una presencia física, debido a que dichas empresas digitales actúan diariamente con el consumidor sin la necesidad de tener una presencia física.
No obstante, parece ser que en Estados Unidos se ve más reacio a generar avances, como lo ha dicho el secretario del Tesoro de Estados Unidos, Steve Mnuchin, debido a que tiene un efecto directo sobre empresas norteamericanas, algo que la Unión Europea y otros miembros del G20 han hecho caso omiso en su interés propio por avanzar dichas negociaciones. Esto entra en provocación directa con Francia y su ministro de finanzas, Bruno Le Maire, así como otros países que han prometido seguir con la edificación del impuesto si Estados Unidos se mantiene en negación.
Bueno, ¿y que nos dejan ver estos dos casos? Primero, que, como cualquier innovación en un ámbito determinado, puede sentar un precedente para que se retome dicha conversación y/o aplicación en otras partes del mundo. Digamos que podría fungir como un modelo de buenas prácticas en materia de gobernanza del ciberespacio, dado la novedad del tema en cuestión y el avance agigantado del internet y la digitalización de la economía. Segundo, aunque pareciera que puedan llegar a interferir los intereses de las partes a la hora de determinar sanciones, será imprescindible dar seguimiento a estos dos casos, ya que es innegable que rompen paradigmas en el área digital-comercial. El ojo debe estar puesto sobre este 27 de julio, para así poder contrastar el avance en el conocimiento de los legisladores norteamericanos, tomando como punto de comparación la primera comparecencia de Mark Zuckerberg ante el congreso estadounidense en 2018. Tercero, en caso de que no se concrete el informe final planteado por la OCDE para este 2020, aunado a la salida próxima de su secretario general en 2021, José Ángel Gurría, habrá que observar qué lineamientos establece la organización con respecto a un posible impuesto digital, y cuál será el enfoque que decida adoptar la nueva dirigencia.