Dentro de los muros de las cárceles mexicanas se vive otra pandemia
La mayoría de los centros penitenciarios en México no cuentan con la capacidad suficiente en cuanto a insumos, equipo médico e infraestructura para enfrentar el virus de COVID-19. Adicionalmente existen otros factores tales como la sobrepoblación, el hacinamiento, insalubridad y otros padecimientos que afectan a la salud y ponen en riesgo la vida de los individuos recluidos. Sin embargo, las personas privadas de su libertad no han sido las únicas perjudicadas, ya que sus familiares, el personal penitenciario y las comunidades cercanas también se han visto afectadas.
De acuerdo a la coordinadora del Programa Penitenciario y Reinserción Social, Sofía González Talamantes, la contingencia sanitaria de COVID-19 visibilizó el problema que se padece en las cárceles en materia de salud. Antes de la pandemia, según los datos publicados por la la organización de la sociedad civil mexicana Asistencia Legal por los Derechos Humanos (ASILEGAL) ya había 76,745 personas en prisión preventiva, sin sentencia, algunos con más de 10 años en dicha situación. De los 296 centros penitenciarios que existen, 115 registraban sobrepoblación, en ocasiones albergando hasta 11 personas en espacios para cinco. Esta situación de hacinamiento se explica por las reformas que a nivel federal se han promovido para incrementar la cifra de delitos. 32 estados tenían deficiencias importantes para atender la salud de la población, la cual enfrenta desde plagas de insectos y piojos, hasta brotes de bacterias, informó la Universidad Autónoma Metropolitana y el 75% de las entidades federativas presentaban deficiencias para garantizar una buena alimentación a las personas privadas de libertad.
Llegada del COVID-19 a las prisiones
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos señala que la pandemia por COVID-19 “alcanzó y rebasó” las medidas establecidas por las autoridades sanitarias para prevenir contagios y tratar los casos al interior de las cárceles. Las prisiones únicamente cuentan con medicamentos de primer nivel, es decir, que se tiene lo básico como alcohol, merthiolate, aspirinas y alguna que otra gasa. Existe una carencia de instrumental y personal médico, así como de atención psicológica para tratar a las personas privadas de su libertad. Además, el personal de la CNDH observó durante sus visitas realizadas los días 30 de abril y 1 de marzo, que en la mayoría de estos centros no se están aplicando pruebas para la detección del COVID-19 y en algunos casos ni siquiera se realizan acciones para verificar el cumplimiento de las medidas generales de limpieza e higiene entre los reclusos.
Otro de los principales problemas es la corrupción que existe en estos lugares. Los presos, de los cuales un gran porcentaje se encuentra en situación de extrema pobreza, tienen que pagar por todo, incluso por el lugar en donde duermen. Antes de la pandemia, muchos recibían artículos de aseo personal, alimentos o dinero por parte de sus familiares, pero con la llegada del COVID-19, la mayoría de estos centros suspendieron las visitas como medida preventiva, por lo que no se les han podido entregar insumos de primera necesidad. Todo esto provoca que muchos se dediquen a delinquir al interior de las cárceles para sufragar sus necesidades.
Los familiares de las personas privadas de su libertad también han sufrido durante este periodo. Algunos de los reos aportan al sustento de sus familias a través de programas o actividades implementadas en los centros penitenciarios para fomentar el empleo, pero con la suspensión de estas actividades no han podido recibir este apoyo. Sumado a esto, como consecuencia de la suspensión de visitas en casi todos estos centros, los prisioneros y sus familiares han vivido la pandemia incomunicados. Por otra parte, a los familiares de aquellos que se encuentran recluidos en prisiones cuyas regulaciones no incluyen la suspensión de visitas, se les ha dificultado el transportarse debido a las restricciones de movilidad derivadas de las medidas de prevención ante la crisis sanitaria, menciona el Observatorio de prisiones.
Cifras
Hay poca concordancia con respecto al desarrollo del virus y la información disponible. Las autoridades penitenciarias y corresponsables no han brindado datos certeros sobre la situación de las prisiones, ni información pública clara y suficiente sobre el número de contagios y muertes a causa del nuevo virus. Esto ha generado confusión y desesperación dentro y fuera de los centros.
Ante este escenario la organización ASILEGAL elaboró un Mapa Penitenciario COVID-19 a partir de los datos del monitoreo realizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para así mantener una actualización constante de la crisis en las prisiones del país.
Los últimos datos publicados en su portal fueron del 30 de septiembre entre los cuales podemos rescatar lo siguiente: 3355 contagios, de los cuales 2926 son de personas privadas de su libertad y 429 custodiadas y/o personal penitenciario. Los reclusos se encuentran en contacto directo e indirecto con el personal de las prisiones, y estos a su vez con sus familias y el resto de la sociedad. De igual forma se tienen registradas 326 defunciones de las cuales, 261 son personas privadas de su libertad y 65 custodiadas y/o personal penitenciario. La CNDH confirmó que, con los datos actuales, en México una persona tiene más riesgo de morir de COVID-19 si está dentro de una cárcel. También se registraron 20 incidentes de violencia generados en parte por la falta de información y por el manejo ineficiente de las medidas sanitarias.
¿Qué medidas se han adoptado?
La prestación de servicios médicos en las prisiones es responsabilidad del Estado. Este debe garantizar la disponibilidad de la atención sanitaria y asegurar el acceso gratuito a los servicios de salud sin discriminación, además de evaluar y promover el bienestar integral de la población penitenciaria. Una de las medidas que implementó el gobierno mexicano para atender la crisis del COVID-19 en los centros penitenciarios del país es la Ley de Amnistía. Entre sus objetivos se encuentra la liberación de personas que hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia por determinados delitos, siempre y cuando no sean reincidentes o sentenciadas por crímenes graves.
Dicho esto, la Comisión de Amnistía, responsable de atender dichas solicitudes reportó que aún no se concede ningún beneficio, ya que no contribuye demasiado a prevenir la propagación de la COVID-19 en las cárceles insalubres y sobrepobladas de México, y añadió que el plazo para que las primeras peticiones se resuelvan podría extenderse hasta diciembre.
Adicionalmente, se emitió el “Protocolo de Atención del COVID–19 al Interior de los Centros Federales de Reinserción Social”, que incluye elementos como la libertad condicionada de personas que están en prisión por delitos sin violencia condenadas a menos de 5 años, preliberación de adultos mayores o con enfermedades crónico-degenerativas. No obstante, este protocolo tiene como elemento básico la sana distancia, algo casi imposible de cumplir en condiciones de hacinamiento. En materia internacional, frente a la vulnerabilidad de las personas privadas de la libertad, las Naciones Unidas han instado a los gobiernos a nivel mundial a reducir el hacinamiento en las cárceles.